miércoles, 24 de noviembre de 2010

COMMON LAW INGLÉS

Formación histórica
Imperio Romano
Desaparecida la dominación romana, Inglaterra fue invadida por los anglos, sajones y juntos. Más que invasiones, éstas fueron verdaderas migraciones de pueblos enteros que trajeron sus instituciones y convivieron de acuerdo a sus costumbres y tradiciones germánicas.
A finales del siglo VIII, los vikingos invadieron las costas de Inglaterra; eran llamados daneses por los ingleses y tenían un ejército bien organizado que logró dominar el reino.
El monarca Alfredo el Grande, al vencer a los invasores y establecer la paz, dividió su reino en condados o shires. En cada uno de ellos estableció la Corte del Shire, que tenía toda clase de funciones gubernativas, y se crearon los tribunales del condado (County court), integrados por hombres libres de cada condado. En la administración de justicia que se impartía era consuetudinario y los juzgadores lo utilizaban para obtener certeza de los hechos dudosos, los juicios de Dios u ordalías, como por ejemplo: el juramento, la prueba del hierro candente, del agua fría, y el duelo entre los litigantes.
El rey ejercía el poder asistido de su consejo, llamado Witam, compuesto de hombres sabios. El rey y su consejo ejercían funciones legislativas, ejecutivas y judiciales.
En 1013, los daneses invadieron nuevamente Inglaterra y esta vez sí lograron dominarla, pero luego, el duque Guillermo de Normandía reclamó el trono, ya que decía tener parentesco con el rey Canuto, jefe invasor de los daneses, pero el nuevo monarca se negó y para derrocarlo, Guillermo, en 1066, con su ejército derrotó a las tropas del rey y los narmandos se apoderaron del país.
A mediados del siglo I antes de Cristo, Roma inició las primeras exploraciones de la parte sur de Inglaterra.
A pesar de numerosas huellas dejadas por la cultura romana, el derecho romano no logró enraizar en la tradición jurídica local, por lo que al comenzar el siglo V después de Cristo las legiones romanas abandonaron la isla.
Sucesivas invasiones teutónicas atomizaron la composición social de Inglaterra. Así, los celtas y algunos misioneros cristianos fueron forzados a coexistir con comunidades tribales de anglos, sajones y daneses bajo un derecho no escrito de carácter consuetudinario, acorde con los usos y tradiciones germánicos, y aplicado con variantes locales por los terratenientes a sus respectivos siervos.

Conquista Normanda
En el siglo XI de nuestra era, el duque Guillermo de Normandía reclamó la sucesión al trono de Inglaterra a Harold Harefoot. Con su victoria, el nuevo rey estableció un poder centralizado en Westminster. Éste se abstuvo de influir en la mayor parte del desorganizado conjunto de costumbres locales que constituía el derecho inglés.
La única área que Guillermo innovó, más por razones políticas que jurídicas, fue la relacionada con la propiedad agraria.
Guillermo conservó igualmente el carácter juzgador supremo del reino. Si bien los asuntos locales ordinarios se reservaron para las cortes de los condados, los litigios de trascendencia especial eran resueltos por el rey en persona, en Westminster, o por su centralizada organización de gobierno conocida como Curia del Rey (Curia Regis), compuesta por sus consejeros más cercanos.
Los hijos de Guillermo el Conquistador, Guillermo II y Enrique I, gobernaron sucesivamente sin dejar descendencia.
En el siglo XII comenzó a gobernar la dinastía de los Plantagenet, que ampliaron sus dominios sobre Irlanda y Gales. En el año de 1154 subió al poder el primer rey de esta dinastía, Enrique II Plantagenet.
Durante su reinado se establecieron jueces ambulantes que recorrían los condados del reino y juzgaban toda clase de controversias. También del gobierno de Enrique II proviene la creación de los tribunales reales, dando lugar al sistema judicial del Common Law; la primera corte real de justicia fue la Exchequer, que conocía de las finanzas públicas.
Posteriormente fue creada la Court of Common Pleas, llamada así porque su jurisdicción comprendía los pleitos comunes o litigios civiles, siendo al principio un tribunal móvil, pues seguía al rey por todo el país. Finalmente se creó el tribunal llamado King´s Bench, que conocía de derecho penal.

Desarrollo del Common Law y sus cortes
Las atribuciones judiciales de la Curia del Rey adoptaron formas más institucionales con la creación de tres cortes reales que no dependían de la presencia física del monarca para el ejercicio de su labor, conocido posteriormente como Common law o derecho común, para distinguirlo del derecho local de los condados.
Estas cortes reales de excepción eran: la Corte del Tesoro (Court of Exchequer) con una amplia jurisdicción inicial que luego se limitó a litigios fiscales; la Corte de las Causas Comunes (Court of Common Pleas), la cual atendía aasuntos de deudas civiles y reclamos de contratos relacionados con propiedad inmueble; y el Tribunal del Rey (King´s Bench), con jurisdicción sobre asuntos que atañían directamente al rey o afectaban a su corona, especialmente en materia penal.
La actividad de las cortes reales se fundaba en un sistema de mandatos judiciales conocidos como writs, el cual limitaba la impartición de justicia, dado que no era reconocido un derecho o una sanción si no existía disponible un writ expreso para el caso.
El carácter real de las cortes confería a los mandatos la naturaleza de órdenes provenientes del propio rey, sin cuya autorización teórica simbolizaba en el writ que ningún juzgador daría entrada a un asunto. Dicha accion desarrolló un principio jurídico muy característico de la familia del common law, según el cual las formas adjetivas preceden a los derechos sustantivos (remedies precede rights), por lo que éstos quedan indefensos en caso de inexistencia de las primeras.
A efecto de dar cierta flexibilidad a un sistema tan rígido se optó por tres soluciones prácticas, la primera era incrementar el número de writs disponibles, con la restricción de emular y no de contradecir a los ya existentes; la segunda era crear ficciones jurídicas en los casos concretos, y, finalmente, la tercera era que el conocimiento del caso por parte de un juez, en atención a las circunstancias particulares del asunto, lo que se denominó acciones sobre el caso (actions on the case).


La carta magna
Las cortes reales expandieron progresivamente su influencia sobre las cortes locales, debido a la preferencia de los litigantes por formas procesales más justas y confiables que las costumbres germánicas de ordalías y juramentos.
Esta tendencia agravió seriamente a los barones feudales. Por ello, en 1215 obligaron al entonces rey Juan Sin Tierra a celebrar un convenio conocido como la Carta Magna, la cual se elaboró como una formulación de los diversos deberes del rey, en su calidad de propietario originario de la tierra, con los barones feudales, en su carácter de principales arrendatarios de dichas posesiones rurales.
Este primer documento constitucional de Inglaterra debió su trascendencia a los pocos derechos que protegían a sus súbditos ordinarios. Tal es el caso de los principios de libertad de tránsito dentro del reino, reconocida a todos los súbditos, de libertad de comercio, de seguridad jurídica de personas y bienes contra cualquier acto procesal contrario a derecho (due process of law).
La Carta Magna fue completamente en su carácter limitante de poder real y su sistema de tribunales por el llamado Segundo Estatuto de Westminster (Statute of Westminster II), por el cual se prohibió la expansión de la jurisdicción de las cortes reales y la creación de nuevos writs, salvo aquellos que creara el Parlamento.

La Equity
Durante el siglo XV los tribunales reales resultaban muy rígidos, por lo tanto las personas acudían al rey para recibir una solución más justa, antes de que el rey se enterara del problema pasaba por el canciller que era el confesor del rey. El rey y el canciller se dieron cuenta de que existían casos que necesitaban soluciones que los tribunales reales no podían brindarles.
Decidieron crear un nuevo procedimiento el cual era escrito, carente de jurado y basado en el derecho canónico y romano, este nuevo procedimiento recibió el nombre de Equity. Para aplicar este nuevo procedimiento se crearon nuevos tribunales estos eran conocidos como Tribunales De Cancillería, estos eran los únicos que podían utilizar la Equity. Solo se llegaba a los tribunales de cancillería cuando la solución brindada por los tribunales reales era injusta.
Se imprimió un gran impulso a la Equity que llevo a suplir al Common Law.
Existían casos iguales en los que el Common Law y la Equity dictaban sentencias distintas, estas situaciones provocaron conflictos por decidir cual método era mejor, para tomar esta decisión el monarca llamo a Francis Bacon para que decidiera cual era mejor, a Bacon le pareció más efectiva la Equity.
Ante esta decisión la Equity mas apoyo, el parlamento ingles al darse cuenta de esto decide comenzara apoyar al Common Law por considerarlo un freno contra el poder real. Comenzando así una serie de conflictos entre el rey y el parlamento.
Estos conflictos llegaron a su máximo cuando Edward Coke, jefe del Tribunal del King Bench, al decir que el Derecho debe de imponerse al poder real, y que para dominar este era necesario años de estudios por lo tanto no cualquiera puede ser juez. Estas declaraciones molestaron al canciller y comenzaron una serie de discusiones entre ambos, el rey al darse cuenta de esto se molesto y dijo que el no necesitaba de nadie y podía prescindir de cualquiera de sus jueces cuando quisiera ya que no eran mas que sus sombras. Edward Coke respondió diciendo que esto no era posible ya que el no estaba preparado por lo tanto sus decisiones no funcionarían. El rey simplemente despojo a Edward Coke de su cargo.
La Equity le gano la partida al Common Law, sin embargo, el Common Law no desapareció ya que la Equity necesitaba del Common Law. Ya que la Equity solo era requerida cuando una solución del Common Law era discutida. Al pasar del tiempo le ocurrió lo mismo a La Equity ya que se volvió un método rígido.
Durante el siglo XVI la monarquía estuvo a cargo de la dinastía de los Tudor, esta dinastía se caracterizo por practicar el absolutismo, y a pesar de esto Inglaterra vivió una de sus épocas mas prosperas.
En 1625 llego a la monarquía Carlos I de la dinastía de los Estuardo, su reinado se caracterizo por no llevar buenas relaciones con el parlamento. En 1628 el parlamento aprobó las solicitudes financieras del Rey a cambio de que este reconociera la Petición de Derechos que era una preafirmación de la Carta Magna.
Este documento entre otras cosas establecía que:
A) Nadie puede ser obligado aprestarle dinero al rey.
B) Nadie puede ser arrestado sino de acuerdo con la ley.
C) Nadie debe pagar impuesto, salvo que el parlamento lo apruebe.
El monarca sintió que no era digno de un rey que el parlamento le impusiera condiciones y decide prescindir del parlamento, y no lo convoca durante nueve años. Decide volver a convocarlo a raíz de una serie de conflictos de tipo religioso originados en Escocia, este parlamento es conocido como Parlamento Breve. El Rey se vuelve a disgustar con el parlamento y decide volver a prescindir de él.
Estos conflictos provocan una guerra civil la cual concluye con la decapitación del rey Carlos I en 1649. Otras consecuencias de la guerra civil fueron la desaparición de la Cámara de Lores, el canciller perdía todos sus privilegios a partir de ese entonces solo era un jurista y no mas confesor del rey, la Cámara de los Comunes decide desaparecer la figura del rey al considerarlo inútil, costoso y un peligro para el bienestar de la población.
Oliverio Cornwell es nombrado Protector Del Pueblo y a su muerte el ejército se hace cargo del gobierno. Este convoca a un nuevo Parlamento el cual decide restaurar la Monarquía para esto llama a el hijo de Carlos I, así entonces volvía al poder la dinastía de los Estuardo con Carlos II.
En el año de 1679 se crea el Habeas Corpus el cual decía que toda persona que fuera detenida tenia derecho a recibir una explicación de porque estaba ahí y el parlamento era el que iba a decidir si esta persona se quedaba preso o era liberado.
Diez años después se promulga la Carta De Derechos la cual establecía nuevos límites al poder Real y le deba nuevos poderes al Parlamento. Entre los cuales estaban que exrey no podía crear un impuesto sin autorización del Parlamento, que exrey no podía crear una ley sin autorización del parlamento, o que exrey no podía interferir en la elección de miembros del Parlamento.

Consolidación del sistema parlamentario
Como consecuencia de la Guerra de las Rosas, a mediados del siglo XV, ascendió al trono de Inglaterra la dinastía de los Tudor. Durante su reinado surgieron juristas formados con las enseñanzas de la tradición románica en el desarrollo del derecho de equidad, además de acrecentar el poder jurisdiccional de la Corona.
Como medida de equilibrio, los juristas adheridos a la tradición del Common Law apoyaron el establecimiento del Parlamento como un órgano legislativo. A finales de la dinastía Tudor, el Parlamento era considerado ya el órgano supremo de creación del derecho.
La siguiente dinastía, los Estuardo, pretendió fructuosamente en la primera mitad del siglo XVII controlar e incluso abolir al Parlamento, además de limitar la autonomía de las cortes de Common Law.
Edward Coke, en su cargo de juez, confirmó los límites del poder real a través de repetidas sentencias, así como por parte del Parlamento mismo, cuyo desacuerdo con el absolutismo de la Corona condujo finalmente a una guerra civil que concluyó con la derrota y ejecución del rey Carlos I.
Al restaurarse la monarquía, una década más tarde, se reafirmaron las facultades legislativas del Parlamento y su control sobre el fisco, además de su composición bicameral, integrada por la Cámara de los Comunes, como instancia popular fundamental, y por la Cámara de los Lores como representación de la nobleza. Seguidamente se consagró el carácter constitucional de gobierno mediante el Bills of Rights, que conjuntamente con la Carta Magna conforman los documentos básicos del constitucionalismo inglés.
Un tercer documento, el Act of Settlement, estableció la independencia del poder judicial y la remoción de sus miembros por cuenta únicamente del Parlamento y no del rey.

Leyes de la judicatura
A lo largo del siglo XIX Sistema Jurídico Ingles sufre una serie de cambios originados desde el parlamento, así comenzó a tomar forma el poder judicial ingles de nuestros tiempos.
El parlamento creo leyes principalmente para organizar el poder judicial ingles.
Entre 1873 y 1875 se promulgan las Leyes de la Judicatura a través de las cuales se instruyo la Suprema Corte De La Judicatura la cual era una fusión de la Cámara De Lores y La Cámara De Comunes. Esta nueva cámara integraba la Common Law y La Equity.

Siglo XX
Durante el siglo XX se ha vivido una serie de cambios en las leyes inglesas, ya que continuamente se eliminan las leyes que resultan inútiles o modificado aquellas que resultan muy rígidas.
En la sociedad se puede ver que esta es aún muy conservadora y esto favorece en principio al Common Law. En cambio en el gobierno se ve que este interfiere cada vez más en la economía.

Ámbito contemporáneo
El Common Law inglés tiene aplicación en Inglaterra, pero no domina en Escocia, donde la tradición románica se encuentra firmemente arraigada.
Después de la unión política de Inglaterra, a principios del siglo XVII, el derecho escocés ha recibido permanente influencia del Common Law inglés, por lo que resultaría más prudente ubicarlo como un sistema mixto.


Estructura Jurídico-Política Inglesa
Forma de Gobierno
El gobierno británico constituye una monarquía parlamentaria donde el rey es la cabeza del estado y el acceso al trono se hace por vía hereditaria según las reglas del derecho sucesorio común: la corona se transmite como una propiedad privada, las mujeres no están excluidas de esta sucesión, pero en caso de un mismo grado de parentesco van después de los varones en el orden sucesorio; una vez conferida la corona el reinado es vitalicio o hasta la abdicación.

Sistema Constitucional
El Reino Unido carece de un documento constitucional único; sin embargo, ello no debe ser interpretado como ausencia definitiva de una constitución.
A pesar de la dificultad de precisar las fuentes y límites constitucionales, es posible identificar la composición constitucional a partir de los siguientes elementos: ciertos documentos históricos, legislación parlamentaria específica a la que se le reconoce superioridad sobre el resto de la legislación, algunos Tratados internacionales, el Common Law en materia de derechos individuales y los usos constitucionales.
La dispersión del derecho constitucional ocasiona que el sistema jurídico del Reino Unido carezca de tribunales constitucionales, por lo cual la judicatura no puede controlar por esta vía la legislación del Parlamento, legislación que, en caso de entrar en conflicto con la normatividad constitucional, se estima modificativa, mas no inconstitucional.

El Rey
El monarca es una figura primordialmente ceremonial y simbólica: “El rey reina pero no gobierna”.
A pesar de que los tres poderes ejercen sus funciones a nombre del monarca, y de que en teoría, éste es la fuente de toda justicia impartida en tribunales y en toda labor parlamentaria, en la práctica se limita a realizar visitas al estado, convocar y abrir sesiones en el Parlamento, otorgar su firma y consentimiento formal a los más importantes documentos, y conferir títulos nobiliarios.
Por tradición, el Primer Ministro debe efectuar frecuentes visitas al rey y enterarlo del desempeño de su gobierno, recibiendo del monarca el beneficio de sus consejos.
Cuando el rey fallece o cuando anuncia su intención de abdicar o de contraer nupcias, se reúne con un concilio de varios cientos de miembros, conocido como el Consejo Privado (Privy Council), con objeto de coadyuvar en la preservación de la monarquía.

Parlamento
El Parlamento es el poder legislativo del Reino de Inglaterra, sus raíces se remontan a principios del periodo medieval.
• El carácter parlamentario es el rasgo que mayormente distingue al gobierno.
• Ubica el principal depositario del poder político en el Reino Unido.
• Explica la ambigua separación entre el poder Ejecutivo y el Legislativo.
El parlamento es la pieza clave del sistema Político-ingles, tiene como función principal la legislatura.
• No hay ninguna autoridad legislativa sobre el parlamento.
• Ninguna corte de justicia puede declarar inválidos los acuerdos del parlamento.
• No hay limitación alguna de las materias acerca de las cuales el parlamento pueda legislar.
• Ningún parlamento puede comprometer a su sucesor ni ser comprometido por su antecesor.

Órgano Bicameral
• Cámara de los Lores: es un cuerpo aristocrático tradicionalmente conservador, que encuentra su antecedente histórico en la Curia Regis Medieval, actualmente se halla compuesto por los nobles, juristas eminentes conocidos como Lores del derecho.
• Cámara de los Comunes: es dicha cámara donde la legislación británica es discutida y aprobada. Comprende 659 diputados, elige su representante el ordenador. Una vez aprobado el proyecto el monarca otorga, como un mero formalismo, su consentimiento real.
El Reino Unido carece de un documento constitucional único, pero es posible identificar la composición constitucional a partir de los siguientes elementos:
a) Algunos tratados internacionales
b) Ciertos documentos históricos como la Carta Magna de 1215
c) Legislación parlamentaria especifica a la que se le reconoce superioridad sobre el resto de la legislación
d) El Common Law en materia de derechos individuales
e) Los usos constitucionales

El sistema jurídico del Reino Unido carece de tribunales constitucionales.

Poder ejecutivo
La jefatura del gobierno británico recae en el cargo del Primer Ministro, un cargo que no se encuentra formalmente creado ni regulado, sistema adoptado durante los dos últimos siglos.
El Primer Ministro no es electo directamente por el pueblo, sino por el consenso de los líderes del partido mayoritarios en la Cámara de los Comunes, y el candidato propuesto, que normalmente también es un miembro de esta cámara, posteriormente es confirmado por el rey.
El primer ministro tiene la facultad de nombrar y sustituir libremente a los miembros del gabinete, solicitar al rey la disolución del Parlamento, antes de que expire el periodo de cinco años en que son electos, y asimismo puede convocar a elecciones adelantadas, en caso de que su gobierno cuente con altos niveles de popularidad, con lo que se aseguran triunfos electorales, que en la práctica no disminuyen su tiempo en el poder, dada la posibilidad de reelección indefinida.
El Ministro es generalmente Primer Lord de la Tesorería. Su autoridad sobre el gabinete es muy grande, pero se debe más a su posición de jefe de partido mayoritario que a su estatuto jurídico, pues jurídicamente no es más que el primero entre los pares, como su nombre lo indica.

Poder judicial
Los tribunales comunes (Law courts) constituyen el eje alrededor del cual se estructura la judicatura inglesa, y sus instancias superiores tienen la facultad de revisar las decisiones de los tribunales especializados (Special tribunals).
Los tribunales comunes, por lo general se clasifican en inferiores y superiores. Los primeros son los más numerosos y de jurisdicción limitada, y a menudo los encabeza un juez sin educación jurídica formal, cuya calidad como ciudadano es suficiente para impartir justicia en asuntos menores, principalmente en materia penal. En los tribunales comunes de jurisdicción inferior se incluye a las Cortes de Condado (County courts) en materia civil, y a las Cortes de Magistrados (Magistrate´s courts) en materia penal.
Los tribunales comunes de jurisdicción superior conocen de asuntos con mayor complejidad jurídica, los encabezan jueces con destacadas carrera previas en la abogacía y tienen competencia limitada por materia o por instancia, pero no conocen restricciones por territorio o por cuantía.

Common Law
El término common law es de tal naturaleza multívoca. El autor Óscar Rabassa ofrece al respecto una distinción semántica clara u precisa, señalando cuatro diversos sentidos: el primero entendido como una tradición jurídica surgida en Inglaterra en el siglo XI y a la cual se adhieren numerosos sistemas jurídicos que conforman la familia del mismo nombre; la segunda se refiere al cúmulo de precedentes dictados por los tribunales de un determinado sistema jurídico (inglés, canadiense, estadounidense) y que se emplea para distinguirlo de la normatividad legislada producida por el Poder Legislativo (Parlamento, Congreso) de este mismo sistema; la tercera habla de que es entendido como un subsistema de jurisprudencia distinguible del denominado Equity, y el último se refiere a que es concebido como el derecho antiguo y primigenio de los sistemas jurídicos concernientes, con el objeto de diferenciarlo del derecho moderno.

El Common Law y la equity
La equity es el conjunto de normas elaboradas y aplicadas a lo largo del siglo XV y XVI por la jurisdicción del canciller, a fin de completar y, en su caso, revisar el sistema del Common law que había resultado insuficiente y defectuoso.
El Common law no es la ley de la gente común de Inglaterra. Surgió como una disputa particular por el poder político. Con su creación se da la imposición de tal sistema unitario bajo los auspicios y el control de un poder centralizado en la forma de un rey soberano.
Tradicionalmente se ha comentado mucho sobre del circuito de los jueces ambulantes viajando en el país estableciendo la paz y al hacerlo seleccionando las mejores costumbres convirtiéndolas en la base de la ley inglesa, en un procedimiento lento, altruista y armado pieza por pieza. Sin embargo, la realidad de este proceso fue que los jueces estaban confirmando la autoridad del estado central y las instituciones legales, a diferencia del periodo feudal anterior en el que el estado y las instituciones legales estaban dispersas y fragmentadas. Por lo tanto el common law era común para todos en aplicación, pero por supuesto no común para todos.
Al final del siglo XVIII, la autoridad central había establecido su procedencia por lo menos particularmente a través del establecimiento del Common law. Originalmente los tribunales no eran más que un apéndice del Consejo del Rey-Curia Regis-, pero gradualmente las cortes del Common law comenzaron a tomar una existencia institucional tipificada por la renuencia de tratar los hechos que no podían ser llevados a juicio por no existir una acción apropiada.
La negativa de los tribunales del Common Law para conocer determinados asuntos condujo a la injusticia, y ante esto, a la necesidad de remediar las debilidades percibidas en su sistema. La respuesta fue el desarrollo del Equity.
Las demandantes incapaces de tener acceso a las cortes reales del Common Law podían apelar directamente ante el soberano, y tales casos eran pasados para su consideración y decision al Lord Canciller, que era al mismo tiempo el secretario y el capellán del rey: su tendencia fue la de decidir los casos con base en normas más morales que jurídicas, por eso su jurisdicción recibió el nombre de equity.
Conforme los tribunales del common law se volvían mas apegadas a las formalidades y por lo tanto más inaccesibles, las demandas al Canciller aumentaron y eventualmente este dio como resultado el surgimiento de un tribunal específico, llamado Tribunal de la Cancillería, establecida para resolver con equidad o justicia decisiones en los casos en que las cortes del common law se rehusaran a tratar.
Los dos sistemas de tribunales y de derecho, tuvieron una vida paralela por algunos siglos; pero con la limitación desde principios del siglo XVII, que cuando existiera incompatibilidad entre las reglas del common law y las de la equity, deberían prevalecer estas últimas.
La división del Common Law y equity continúo hasta que eventualmente fueron combinadas por las leyes de la judicatura de 1873-1875, en las cuales se estableció que ambas serían administradas concurrentemente por las mismas jurisdicciones.
Las materias que conoce el Common Law son el derecho penal, contratos y responsabilidad civil- torts. El Equity conoce de propiedad real –trust-, sociedades comerciales, quiebras, interpretación de los testamentos y liquidación de sucesiones.
Sin embargo, en la práctica la equity abarca ciertas materias nuevas como de las sociedades por acciones que han sido desarrolladas por vía legislativa y no tienen su origen en la jurisdicción del canciller, también la equity se ha apoderado de materias que históricamente dependían del common law, como por ejemplo las quiebras. Por otro lado el common law está conociendo de remedios de equity que se presentan en materia de contratos. La distinción entre el common law y la equity no es lo que fue antiguamente; la equity tiende a convertirse, en el conjunto de materias que se estima conveniente hacer juzgar según un procedimiento escrito, en tanto que el common law es el conjunto de materias que serán juzgadas de acuerdo a un procedimiento oral.
A partir de su surgimiento en el siglo XV, el Equity complementó y en algunas ocasiones sustituyó al Common law, especialmente en aquellos casos que demandaban agilidad procedimental y compensaciones o reparaciones distintivas a las pecuniarias. Su objetivo original era entonces ofrecer soluciones equitativas que el Common Law no pudiera; como respuesta, este último subsistema estableció el principio de que el Equity no podía dar soluciones cuando el Common law contemplara expresamente un remedio legal adecuado y complemento. Naturalmente la rivalidad de competencias y la diversidad de criterios y técnicas originaron conflictos dentro del sistema jurídico en su totalidad.
Como anteriormente fue mencionado, la rivalidad surgida como consecuencia de tal distinción básica finalizó con la unificación en 1873 de las dos vertientes jurisprudenciales en una sola jerarquía judicial. Sin embargo, si bien el conflicto institucional fue resuelto, en cambio la división que lo originó permanece vigente en nuestros días, lo cual fomenta diversidad y riqueza del ámbito jurídico adjetivo, pues determina si un concursante tiene o no derecho a ejercitar una acción- derecho de ejercicio- tratándose del Equity.

Judicatura inglesa
La estructura del Poder Judicial inglés se integra por una organización de tribunales comunes-law courts-, depositarios de la tradición histórica y prestigio atribuidos al papel jurídico y social del juez inglés, complementada por una serie de tribunales especializados –special tribunals- que revisten un carácter marcadamente técnico y no gozan del mismo reconocimiento concedido a los primeros.

Tribunales especializados
Este tipo de tribunales constituye un complemento técnico de la estructura central de la judicatura inglesa, los tribunales comunes; sin embargo, a diferencia de estos últimos, y en razón de que su competencia comprende áreas de derecho público, su jurisdicción a menudo rebasa los límites de Inglaterra y Gales, extendiéndose a todo el Reino Unido.
Sus procedimientos son característicamente sencillos e informales, lo cual en muchos casos hace innecesaria la intervención de profesionales del derecho, tanto en los cargos judiciales como en la representación de las partes.

Tribunales comunes de jurisdicción inferior
En la base del edificio inglés se encuentran dos clases de tribunales con jurisdicción inferior: las Cortes de Magistrados (Magistrates Courts) y las Cortes de Condado (County Courts).
Las cortes de Magistrados son tribunales en el ramo penal como competencia para conocer de infracciones y delitos menores, y por su especial organización no encuentran paralelo en la judicatura mexicana. Generalmente lo integran por tres magistrados de paz (judges of the peace), uno de los cuales debe ser mujer si el acusado es menor de edad. El nombramiento recae en ciudadanos cuidadosamente seleccionados, que en los más de los casos no cuentan con una educación jurídica formal y no reciben remuneración alguna.
Esta organización comienza a cambiar en las grandes ciudades, donde se designa a un solo magistrado por corte, de tiempo completo, asalariado y con profesión de barrister o de solicitor. En ambos casos los procedimientos son simples, sin intervención del jurado, expeditos y con costos judiciales accesibles.
Las Cortes de Condado fueron creadas por el Parlamento en 1846. Conocen de asuntos en materia de contratos, de responsabilidad civil, sucesorios, de Equity y familiares, todos ellos en tanto sean relativamente de poca complejidad, resuelven la mayor parte de los litigios en primera instancia, con posibilidad de apelación ante tribunales con jurisdicción superior. A diferencia de estos últimos no se encuentran concentrados en Londres, sino que constituyen foros locales en todos los condados de Inglaterra y Gales.
A pesar de sus procedimientos simples y costos judiciales accesibles, la designación de los jueces recae en abogados miembros de la Barra (barristers) y se requiere nombramiento del rey.

Tribunales comunes de jurisdicción superior
La Corte Suprema de la Judicatura (Supreme Court of Judicature) fue creada por el Parlamento a través de las reformas judiciales de 1873. Consta de dos instancias: la primera, integrada por las Cortes de la Corona (Crown Courts) y la Corte Superior (High Court), y la segunda, por la Corte de Apelación (Court of Appeal).
Las cortes de la Corona conocen de asuntos en el ramo penal que por su gravedad ameritan complejos procedimientos con participación del jurado.
La Corte Superior conoce de todas las materias que antiguamente constituían la competencia de las cortes reales, tanto del Common Law como de Equity. Fue creada en 1873 y en 1971, integrándose por tres salas o divisiones que se distribuyen en la competencia por mateiras, aunque cualquiera de sus jueces puede ejercitar su jurisdicción.
La Cancillería (Chancery Division) resuelve litigios de Equity, administración de sucesiones, fideicomiso inglés (trust), hipotecas, bancarrotas, disolución de sociedades y la apelación de algunas decisiones fiscales. La división familiar (Family DIvision) conoce de cuestiones matrimoniales, paternidad, adopción, tutela, tanto de jurisdicción original como por vía de apelación al revisar decisiones de Cortes de Condado. El tribunal de la Reina (Queen´s Bench Division) resuelve asuntos en materia fiscal, contratos, responsabilidad civil (torts) y cuestiones de derecho marítimo (admiralty).
La Corte de Apelación se extiende en tanto a las áreas civil y penal como a las diferentes materias de derecho público.
Las resoluciones son adoptadas en forma colegiada, normalmente por tres jueces.

La Cámara de Lores
El Parlamento, a través de su Cámara Alta, ejerce determinadas funciones como tribunal de apelación en todo el Reino Unido, incluidas Escocia E Irlanda de Norte, mismas funciones que remontan sus orígenes a los atributos judiciales de la Curia Regis. Obviamente, la actividad judicial no es desarrollada por la Cámara en su totalidad. Para tal efecto, una sección de la misma se constituye en Comité de Apelación (Apellate Comité), integrado exclusivamente por juristas, el presidente de la Cancillería, el lord canciller (Lord Chancellor). Al resto de sus miembros se les conoce como lores del derecho (Law Lords).


Interpretación judicial
La legislación británica surge de la soberanía depositada en el Parlamento y su contenido no puede ser impugnado por razones de incompetencia o de inconstitucionalidad. En teoría, la aceptación de sus leyes es incontrovertible y únicamente el propio pueblo, a través de referendos, puede invalidar la legislación parlamentaria.
A pesar de que la judicatura no puede declarar inconstitucional una ley, sí puede y debe interpretarla cuando un litigio derivado de la misma se le presenta para su resolución.
“No hay derecho en este punto”, mientras un juez no produzca la interpretación de la norma a través de una sentencia.
Al proceso por el cual un tribunal incluye en su sentencia el examen del contenido, propósito y significado de una ley para efecto de pulirla y, de ser posible, corregirla, se le denomina interpretación judicial.


La Profesión Jurídica
1.- La abogacía
Es uno de los pocos sistemas en el mundo donde la abogacía se practica como abogado litigante –barrister-, o bien como abogado asesor –solicitor-, sin la posibilidad de desempeñar ambas funciones en forma paralela.
Solicitor
• Son los abogados asesores.
• Los orígenes del solicitor se remontan a los attonatus, mas tarde como los attorney, o sea oficiales medievales de la corte, quienes operaban en las primeras etapas del juicio en las cortes del Kinas Bench y del Common Pleas.
• Su nombre se derivo de su actividad para solicitar o dar seguimiento a los asuntos, ya que los casos sometidos al tribunal de cancillería duraban mucho y se utilizaban a estas personas para agilizarlos.
• Un papel similar a ellos tenían los procuradores (proctors) en las cortes eclesiásticas.
• A la larga ninguno de estos grupos fue admitido en las Inns de las cortes (donde trabajaban los barrister) por lo tanto dichas personas se organizaron y las ramas attorney, solicitor y proctor se unieron y fusionaron sus actividades en 1875 y recibieron el nombre de solicitors.
• El solicitor es la persona que trata con clientes directamente, aconsejandolos en asuntos legales y financieros.
• El solicitor sólo podía practicar como abogado en las cortes bajas, pero a partirde 1990 con la Ley de las Cortes y Servicios Legales han obtenido en el presente siglo la autorización de litigar ante tribunales especializados y comunes de jurisdicción inferior.
• En el futuro los solicitors podrán adquirir derechos más amplios para abogar en las cortes, como muchos continuarán con su papel tradicional.

Barrister
• Los barrister conducen los casos en las cortes y generalmente escriben los acuerdos que delinean la manera de cómo se va a conducir un caso y dan solución en problemas legales difíciles y generalmente se enfocan en un área de trabajo particular.
• Los antecedentes de los barrister los encontramos en el siglo XVI cuando las personas que acudían a los tribunales se hacían acompañar por conocedores del derecho, los cuales formaron su gremio que era la Barra y se congregaban en los Inns que eran posadas donde vivían.
• Los barrister formaron las cuatro organizaciones corporativas llamadas Inns of Courts las cuales subsisten hasta la fecha.
• Para ser barrister es necesario pertenecer a la barra de abogados, para lo que se requiere ser licenciado en derecho, registrarse en uno de los Inns de Londres y llevar a cabo un entrenamiento personal de un año, quienes cumpliendo una serie de requisitos son llamados a la barra por el Inn de la Corte.
• Después de diez años de pertenecer a la Barra puede solicitar ser admitido por el Lord Canciller como consejero de la reina –Queen´s Counselor.
• Un barrister no trata directamente con el cliente, el cliente trata con el solicitor y éste contrata los servicios del Barrister; éste último no puede demandar al cliente por sus honorarios, el responsable del pago es el solicitor aunque éste no haya recibido estos honorarios de su cliente.
Inns
• Los Inns son administrados por sus miembros mas antiguos (la reina y los jueces) quienes organizan la cena y llaman a los estudiantes a la barra.
• El Consejo General de la Barra de Inglaterra y Gales es el cuerpo regulador de la profesion de barrister, es dirigido por oficiales selectos que cuidan el buen nombre de la profesión.

La judicatura
Las designaciones para la judicatura de todos los tribunales superiores y la mayoría de los inferiores y los especializados, recaen sin excepción en los barristeis con una larga y renombrada experiencia que generalmente ya han adquirido el título de consejeros de la reina.
Si bien la labor en activo se limita hasta los 75 años, la remoción sólo puede ser dictada por el monarca a petición de ambas cámaras del parlamento. Si el cargo pertenece a la Corte Superior o la de Apelación, garantiza que el juez sea nombrado al menos caballero de reino –Knight- o un título más elevado.

La educación jurídica
El sistema ingles no requiere en forma indispensable de una formación jurídica universitaria a efecto de trabajar en la abogacía.
Un grado en cualquier otra área, otorgado por alguna universidad o politécnico, además de la presentación satisfactoria del examen personal común –Common Professional Examination- es bastante para ser admitido como aprendiz de barrister o de solicitor.
Si el aspirante a abogado desea entonces convertirse en solicitor, debe adquirir su admisión en el Colegio de Derecho de la Law Society, donde es asignado como auxiliar a un solicitor registrado o a alguna oficina de gobierno para un periodo de dos años bajo una remuneración modesta.
Las universidades inglesas del medievo enseñaban derecho romano como complemento educativo, no como especialización, con objetos académicos en vez de profesionales.
El common law no fue materia de estudio sino hasta mediados del siglo XVIII, cuando la Universidad de Oxford introdujo lecturas sobre el mismo, hasta mediados del siglo XIX dicha institución, además de la Universidad de Cambridge, comenzaron a otorgar grados académicos exclusivos de derecho admitida su membresía.

La investigación jurídica
En el sistema jurídico del Common law se ha desarrollado una especial metodología que emplean jueces y abogados por igual y que se le conoce como investigación jurídica –legal research.
En el derecho ingles los precedentes se compilan en colecciones denominadas reportes –Law reports-, los cuales comenzaron a conformarse a finales del siglo XIII bajo el nombre de anuarios –Year Books-, en virtud de agrupar los precedentes de acuerdo con el año de reinado del monarca correspondiente.
En la actualidad los reportes se clasifican en series -Report series-, de acuerdo con el tribunal que emite las decisiones.
Las actas y estatutos aprobados por el parlamento se publican por una dependencia conocida por las siglas HMSO –Her Majesty´s Stationary Office- La publicación oficial se efectúa anualmente en varios volúmenes que integran la colección Public General Acts and Measures.




Fuentes Del Derecho
Las fuentes del Derecho en el Common Law son las siguientes: el Precedente, La Legislación, La Costumbre, La Razón y La Doctrina.
- El Precedente.
El derecho ingles es un derecho jurisprudencial es decir, se ha formado desde tiempos muy antiguos por la resolución de casos concretos, y los fallos de dichos casos se han guardado desde tiempos muy remotos, en el año 1260 consta el primero de los anuarios (yearbooks) y después en los reportes.
Los precedentes se fueron utilizando para resolver casos similares, y cuando no existía precedente se acudía a la costumbre. La función de los jueces antiguos era, en una controversia averiguar cuál era la costumbre y declararla, una vez declarada la costumbre se establecía un precedente que sentaba jurisprudencia obligatoria y al surgir un nuevo caso similar, ya no era necesario buscar cual era la costumbre ya que se tenía a la mano una declaración para fundar el fallo. De esta manera se estableció y evoluciono el precedente judicial.
Los precedentes son las decisiones de casos análogos al examinado, contienen derecho vigente no codificado, que obliga a los jueces posteriores a observarlos de manera obligatoria para casos similares al contenido, esta regla recibe el nombre del “stare decisis”.
En un caso definido el juez debe preguntarse cómo se ha decidido en casos semejantes (análogos), la situación más común es que ya exista un núcleo de sentencias que dicen en forma clara la decisión a tomar para dictar la misma, entonces ésta sentencia del juez pasa a ser parte del Common Law, como un Precedente Declaratorio (Declaratory Presedent) que continua una determina tradición jurisprudencial. Si se diera la situación, en que no haya un precedente para una nueva situación, el juez decidirá según Principios generales del Derecho, y su sentencia quedara asentada como un precedente original al que deberán referirse los jueces en casos posteriores, de este modo un derecho tradicional consigue adaptarse a las nuevas situaciones sociales.
El tribunal que estableció anteriormente el precedente para dar seguridad, certeza y continuidad es probable que dicte todas las sentencias semejantes con el mismo criterio, así es como se formo la tradición jurisprudencial que ese mismo tribunal deberá obedecer para sentencias futuras y que los tribunales de menor jerarquía deberán observar. Ésta práctica ha desarrollado la regla de derecho principal en el Common Law conocida como la doctrina Stare desicis et non quieta movere, que representa la piedra angular de toda la estructura del derecho en el sistema Ingles.
Los tribunales ingleses están organizados según la jerarquía antes mencionada, de tal modo que los precedentes que se crean también están organizados de manera que todo tribunal vincula con sus decisiones a él mismo y a todos los tribunales inferiores. La cámara de Lores es el tribunal con mayor jerarquía sus decisiones poseen mandato de autoridad (Mandatory Authority) vinculan a todos los tribunales, anteriormente antes de una reforma en 1966 la Cámara de Lores también se consideraba vinculada por sus propios precedentes, ahora en caso de excepción ellos pueden cambiar de opinión y anular (over rulling) su propio precedente y sustituirlo para constituir uno nuevo para casos análogos, las coretes y su naturaleza vinculante se definen en el siguiente cuadro:
Cámara Precedente vincula a:
Cámara de Lores a Todas*
Corte de Apelación A ella misma y alas inferiores.
Alta corte Inferiores en Jerarquía, pero No a otras altas cortes
Corte de la corona No crean precedentes, es de orden persuasivo.
Cortes de condado No pueden crear precedentes
Cortes de los magistrados

Los precedentes de cortes del mismo rango, no tienen autoridad mandataria (Mandatory authority), si no persuasiva, pueden invocados como fundamento, pero el juzgador decide el rango de influencia que tienen.
El precedente consta de dos partes La Ratio decidendi y el obiter dictum. La ratio decidendi es la declaración de la ley aplicada en la resolución del problema legal, la parte que le da su fuerza y fundamento; de donde surge y se moldea el Derecho. También dota al precedente de su carácter vinculatorio, y es remitiéndose a la “ratio decidendi “como los jueces sucesivos decidirán si el precedente se adapta o no a un caso especifico. La Obiter Dictum Son las opiniones e informes que el juez incluye en la sentencia, mas estas contribuciones no son determinantes.
Un tribunal inferior puede desvincularse del precedente de un tribunal superior solo cuando establece las diferencias (Distinction) entre el caso en examen y en el del objeto del precedente. Y asi ese tribunal queda overruled, anulado.
Actualmente además de los yerabooks, se tienen los law reports y los lexis (digitales) que son imprescindibles para el ejercicio del derecho en el common law.

- La legislación
El Poder Soberano para establecer leyes reposa en el Parlamento, siendo el único órgano capaz de promulgar, revocar o alterar leyes.
Las Leyes emanadas del Parlamento para ser “validas” en el Common law, no basta con tener La Sanción Real(Royal Assent), tienen que forzosamente ser interpretadas por un juez que, al dictar su sentencia ésta contenga la referencia que cite determinada ley, y de ese modo crear un precedente basado en dicha ley, que deberá ser observado.
En Inglaterra no existe constitución escrita, a lo que se refieren los ingleses al hablar de constitución se refieren a un conjunto de documentos donde se respaldan sus derechos fundamentales, dichos documentos son La Magna Carta Libertatum, The petition of Rights y The Bill of rigths.
a) The Petition of Rigths:1628 Carlos I petición financiera al Parlamento:
b) Nadie podía ser obligado a prestar dinero al rey por que tal obligación era contraria a la razón y a la libertad.
c) Nadie podía ser arrestado sino de acuerdo con la ley.
d) Nadie podía pagar impuesto alguno, salvo común consentimiento del Parlamento.
The Bill of Rigths 1689:
i. No se pueden suspender las leyes en virtud de la autoridad real y sin el consentimiento del Parlamento.
ii. Toda cobranza de impuestos sin el consentimiento del Parlamento es ilegal.
iii. No se podía mantener ejercito en tiempos de paz sin autorización.
iv. El Parlamento debía reunirse con frecuencia.
v. las elecciones del Parlamento deben ser libres.
vi. Libertades de Expresión, Discusión, y actuación del Parlamento, no pueden ser juzgadas por terceros.
A partir de esto el gobierno no existe sin el Parlamaneto.
- La Costumbre
Las costumbres se convirtieron en precedentes al abandonarse el antiguo derecho consuetudinario y tienen un papel de poca importancia. La costumbre no se considera jurídicamente obligaría si no reúne los siguientes requisitos:
1. Debe existir ininterrumpidamente durante un largo tiempo
2. Debe existir por consentimiento común y no por el uso de la fuerza
3. Tiene que ser consistente con otras costumbres
4. Debe ser aceptada como obligatoria
5. Debe tener importancia significativa
6. Debe ser razonable

- La Razón
Fuente Subsidiaria del Derecho, pero a la vez inagotable. Destinada a llenar Lagunas legales no provistas en otras fuentes del derecho, La Razón es buscar la solución más razonable a un litigio, cuando no existe en esa materia precedente o costumbre obligatoria. Ante todo buscar la solución más armónica con las normas jurídicas existentes.
En un conflicto con el rey el destacado Juez y Jurista Edward Coke dijo: Los conflictos no deben decidirse por la razón natural, sino por la razón y los juicios artificiales del derecho, el cual es un acto que requiere estudio y experiencia antes de que un hombre pueda llegar a dominarlo.

- La Doctrina
Un tribunal no pudiendo localizar un precedente adecuado a un caso, puede remitirse a los libros legales para guiarse. Pocos trabajos son considerados hoy fuente del Derecho. Granvill siglo XII, Bracton siglo XIII, Coke siglo XVII, Blackstone siglo XVIII 1765.

4 comentarios:

  1. La verdadera solucion para los delincuentes es de resolverles sus huelgas porque mis impostores surrealistas están provocandolos al crimen organizado con exterminarlos como el caso de los inescrupulosos sexuales quienes tambien son culpables debido a que los tales cuando ven a una mujer egoísta, en vez de regañarlas, unicamente las ultrajan, que por tal razon, nunca terminan el crimen. La mujer tambien debe contribuir con resarcirlos parafílicamente para desengañarlos del egoísmo femenino provisional a una necrofilia voyeurista si los tales agotan recursos de amparo pero que lamentablemente solo sería un aliciente. Si en caso los delincuentes son impunes en agotar los recursos de amparo, entonces les sugiero un saqueo a los tales.

    Atentamente:
    Jorge Vinicio Santos Gonzalez,
    Documento de identificacion personal:
    1999-01058-0101 Guatemala,
    Cédula de Vecindad:
    ORDEN: A-1, REGISTRO: 825,466,
    Ciudadano de Guatemala de la América Central.

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  2. Martin Duarte, me favoreciera mucho, que me explicaras de donde obtuviste está exclente información.

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  3. Gracias por eso articulo

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  4. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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